Guía para la solicitud a la Comisión Asesora que impulsa el PRIVA

En la 126ª Asamblea Plenaria, que ha tenido lugar del 18 al 22 de noviembre de 2024, los obispos han conocido la guía y el formulario de solicitud a la Comisión Asesora de reparación integral. Esta Comisión fue aprobada en la Asamblea Plenaria Extraordinaria del pasado 9 de julio, junto con tres documentos: las Líneas de trabajo de las instituciones de la Iglesia católica en España; el Plan de Reparación Integral a menores y personas equiparadas en derechos, víctimas de abusos sexuales; y los Criterios orientadores para la reparación integral.

En esta Plenaria, junto a los obispos de la CEE participaron Fr. Jesús Díaz Sariego OP, presidente de la Conferencia Española de Religiosos (CONFER) y Jesús Miguel Zamora, Secretario General. 

1.- ¿Qué es el PRIVA?

Es un plan creado para ofrecer una reparación integral a quien haya sido víctima de abusos sexuales siendo menores de edad o mayor de edad equiparada en derecho al menor (uso imperfecto de la razón), en la Iglesia Católica (diócesis, congregaciones religiosas y otras entidades eclesiales), en los casos en que dichos abusos ya están prescritos civil o canónicamente o ha fallecido el victimario.

2.- ¿Quién forma la Comisión Asesora?

Un grupo de profesionales independientes del mundo jurídico, terapéutico, clínico y restaurativo, que tienen como misión estudiar los casos presentados y elaborar un dictamen de las medidas de reparación integral (físicas, psicológicas, económicas) que la entidad eclesial correspondiente debe satisfacer al solicitante. Se puede consultar su composición en la web: paradarluz.com/priva-2/

3.- ¿Qué quiere decir reparación integral?

La reparación integral puede comprender la compensación dineraria, en especie (tratamientos médicos o psicológicos), acompañamiento espiritual, medidas simbólicas, reconocimiento institucional y procesos de justicia restaurativa.

4.- ¿Quién puede solicitar esta valoración?

En términos generales, la víctima que sufrió los abusos u otra persona que la represente legítimamente y acredite dicha representación.

5.- Formas para solicitar la intervención de la Comisión Asesora

Vd. puede realizar la solicitud por dos vías:

  • Pidiendo a la entidad eclesial donde sufrió los abusos y los declaró, que lo solicite a la Comisión (solicitud de oficio), dando el consentimiento para que dicha entidad proporcione a dicha Comisión los informes sobre el caso.
  • Solicitándolo personalmente, o por medio de su representante legítimo, debidamente acreditado, dando su consentimiento a la entidad o entidades donde se han denunciado los hechos, para que proporcionen los informes sobre los hechos a dicha Comisión.

6.- ¿Qué tengo que hacer en concreto?

Debe rellenar el formulario de solicitud que aparece publicado en https://www.paradarluz.com/priva/, y le llegará una confirmación automática y un acuse de recibo de la Comisión Asesora desde la dirección: comision@comisionpriva.com; o bien hacerlo por correo ordinario rellenando el archivo “Formulario de solicitud en pdf” que se encuentra en otro enlace de esta web, y mandarla a: Comisión Asesora, Apartado de correos 29075 de Madrid.

En ambos casos, puede aportar junto a la solicitud alguna otra documentación complementaria que pueda servir para la Comisión.

-Si la solicitud la realiza la entidad eclesial autorizada por usted, la hará llegar a la Comisión Asesora junto con los informes correspondientes a su caso;

-Si su solicitud la dirige personalmente a la Comisión, ésta se pondrá en contacto con la entidad donde se produjeron los hechos para su admisión a trámite y proporcione los informes correspondientes.

7.- ¿Qué va a pasar una vez enviada esa solicitud?

Cuando la Comisión Asesora reciba, tanto la solicitud como los informes de la entidad o entidades en las que declaró su caso, comenzará su tarea: estudiar la documentación recibida, concederle en el momento oportuno un trámite de audiencia, subsanación o mejora de dicha documentación; y elaborar una propuesta o dictamen de reparación integral. Dicho dictamen se le hará llegar a la entidad eclesial responsable que será quién le comunique el contenido del dictamen.

El proceso a realizar por parte de la Comisión, una vez que empieza su tarea, tiene un plazo previsto para su resolución de tres meses. En cualquier momento del proceso, usted tiene una interlocución abierta con la Comisión en la dirección de correo electrónico y el apartado de correos indicado arriba.

22-11-24

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